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EL FIDEICOMISO SE FORMALIZA MEDIANTE UN CONTRATO MERCANTIL
Es aquél mediante el cual una persona que se denominará fideicomitente, entrega en propiedad los bienes o transmite los derechos a otra que se denominará fiduciaria, para que ésta los administre y realice con ellos el cumplimiento de finalidades lícitas, determinadas y posibles a favor de otra persona que se denomina fideicomisario y que en algunos casos puede ser el propio fideicomitente.
Partes que intervienen:
Fiduciario.- Es la institución financiera (de crédito, de seguros, de fianzas, casas de bolsa, sociedades financieras de objeto limitado, almacenes generales de depósito o Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI)) a la que se le transmite la titularidad sobre ciertos bienes o derechos con la limitación, de carácter obligatorio, de realizar sólo aquellos actos exigidos para el cumplimiento del fin para el cual se destinan.
Fideicomitente.- Persona que dentro de un contrato de fideicomiso destina o afecta ciertos bienes o derechos a un fin lícito y determinado.
Fideicomisario.- Persona física o moral capacitada legalmente para recibir el beneficio de un fideicomiso.
1. Verifique el costo de aquellos gastos efectuados y que hayan sido necesarios para el cumplimiento del objeto del fideicomiso, como formalización de documentos, trámites administrativos, honorarios, comisiones que el fiduciario podrá descontar del fideicomiso.
2. Pregunte de quien será el responsable en el cumplimiento de las obligaciones fiscales que se generen en virtud de la operación del fideicomiso.
3. Señale a los fideicomisarios y el provecho que recibirán de los bienes fideicomitidos, señalando la finalidad del mismo.
4. Verifique que estén señalados claramente los plazos pactados para el cumplimiento de las obligaciones y en su caso para término del fideicomiso.
NO LO OFRECE: Este contrato ya no se ofrece por la Entidad Financiera